lunes, 17 de diciembre de 2012

EL MUNDO DEL DERECHO PROBATORIO

       DIAPOSITIVAS - MODELOS PEDAGÓGICOS CONDUCTAS CRIMINALES

¿QUE HACE EL ESTADO PARA PROTEGER A LAS VICTIMAS?

RTA/: Un breve ejemplo de ello es....

CAIVAS IBAGUE - MATERIAL PEDAGOGICO DELITOS CONTRA MENORES - CONSEJOS DE SEGURIDAD TOLIMA Y FISCALIA


¿Qué es el Derecho Probatorio?


Es un conjunto de normas jurídicas que regulan todo lo atinente a la prueba ,es decir, lo atinente a la instrucción probatoria y valoración probatoria. 



¿Que es la prueba?

Es la expresión prueba tiene varias significaciones: en un sentido muy amplio podríamos decir que prueba es todo medio que sirve para investigar y demostrar cualquier cosa buena. Ya en un sentido mas restringido, desde el punto de vista jurídico pero que sigue siendo amplio, podemos decir que prueba es el conjunto de motivos y razones que suministra certeza en el proceso.


Que es la necesidad de la prueba: se refiere este principio a la necesidad de que los hechos sobre los cuales debe fundarse la decisión  judicial estén demostrados con pruebas aportadas al proceso por cualquiera de los interesados. Al juez le esta prohibido basarse en el conocimiento privado para dictar sentencia; su decisión se basara en pruebas oportuna y legalmente recaudadas.


Que es la unidad de la prueba: significa que no importa cuantos medios de la misma clase o diversa  sean, existe una unidad de fin y de función en esa prueba: obtener la convicción o  certeza del juez  y suministrarle” los medios de fallar conforme ala justicia”



Que es la comunidad de la prueba:

La comunidad de la pruebas habla de comunidad por que cualquiera de las dos partes sin importar quien aporta la prueba puede pedirla para comprobar la existencia o inexistencia de un hecho.




¿Cuando las partes deben de conocer las pruebas? 



Deben de conocer las pruebas y deben intervenir en la práctica de ellas porque podrán OBJETARLAS, DISCUTIRLAS, 

Ej:
En las demanda se puede probar
1      En la demanda
2      Contestación
3      Incidentes
4      Demanda de reconvención
5      En la audiencia de 101
6      En el escrito de excepciones
7      Reforma de la demanda

Preclusión de la prueba 

esta se trata de una formalidad de tiempo u oportunidad para la  práctica  de la prueba, puesto impone a la parte interesada en suministrarla , la necesidad de hacerlo en la etapa pertinente del proceso, para que no se pierda esta oportunidad. 


QUE ES LA CONDUCENCIA Y LA PERTENENCIA : La conducencia: es una comparación  entre el medio probatorio y la ley, a fin de saber, si el hecho se puede demostrar en el proceso con el empleo de ese medio probatorio... Pertinencia es la capacidad que tiene una prueba de aportar hechos que tienen que ver con el objeto de  prueba. La idoneidad del  indica que la ley permite probar con ese  medio el hecho a que se pretende aplicar, por ejemplo con testimonios o confesión.


El objeto de la prueba

1. Quien debe probar: las partes interesadas en un proceso. 2. Que puede ser objeto de prueba 3. Las personas en general  (naturales o jurídicas) 4. Los hechos de la naturaleza 5. Las cosas  o los objeto naturales



Que es le fuerza mayor: es ajena a la voluntad del hombre, es un hecho que no se puede      evitar ni prever un evento de la naturaleza. 



Caso fortuito: intervienen los hombres, Cuando hablamos de un caso fortuito se considera  fortuito el hecho causado por mero accidente, totalmente imprevisto, sin que medie dolo ni culpa del sujeto.

La costumbre como objeto de prueba: reputación de una costumbre general determinada

Art 189 cpc se prueba con 5 comerciantes idóneos inscritos en el registro mercantil, que dan cuenta razonable de los hechos y requisitos exigidos

Cuales son los sistemas de la valoración de la prueba
·         libre apreciación
·         tarifa legal ya no existe no se aplica
·         sana critica

La sana critica es la unión dela lógica y de la experiencia si excesiva abstracción
intelectual


Reglas de la experiencia: 

Es una forma específica de conocimiento que se origina por la percepción inmediata
de una impresión. El juez por experiencia de hechos anteriores puede dar una
valoración a los nuevos.

Características
·        Se garantiza el derecho a la contradicción. Defensa
·        las reglas de la experiencia deben ir acorde con la evolución del hombre.
·       Verdad sabida y buena guardada.
·      Es verdad sabida todo acto basado en un criterio de proporcionalidad, no puede tener como supuesto valorativo la buena fe de su designio, seria un contrasentido partir de un presupuesto contrario.


LA CARGA DE LA PRUEBA
·     
   Es una situación jurídica  que establece cual de las partes debe probar un hecho en el proceso. le corresponde probar a la parte demandante los hechos de sus pretensiones,  y a las demandados los hechos de las excepciones
·      Se hace en una etapa especifica y un termino  establecido la ley

NOTAS

Después de tres días siguientes de la conciliación se pueden pasar por escrito las pruebas. Los testimonio no se tachan de falsos si no de sospechosos. El juez emite autos y sentencias. El recurso de apelación se interpone para modificar o revocar una decisión.  Ante el auto que niega la practica de prueba procede el recurso de apelación en efecto suspensivo.
·    Ante el auto que niega la apertura de la etapa probatoria procede el recurso  de apelación en efecto suspensivo, Ante el auto que niega el señalamiento  del termino para la practica de pruebas procede el recuso de apelación en efecto suspensivo, Ante el auto que  abre la etapa probatoria procede el recurso de reposición se presenta y resuelve el mismo. Ante el auto que decrete pruebas de oficio no procede ningún recurso.  



 EJEMPLOS: 

 OBJETO DE LA PRUEBA

 Es determinar lo que se investiga en el proceso, es lo que hay que determinar en el proceso.
Eugenio Floriam: "thema probandi" Entiende por tal, la cosa, circunstancia o acontecimiento cuyo conocimiento se requiere en el proceso, es indispensable para la resolución del proceso.
Ej. 1:
     Proceso laboral donde se demanda indemnización por despido sin justa causa. Lo primero que se debe probar es el contrato laboral, además de esto se debe probar también la injusticia de la terminación del contrato.
Hay que partir de la existencia del contrato y luego a partir de ahí las cláusulas del contrato.
Ej. 2:
En una responsabilidad civil extracontractual por accidente de tránsito, hay que determinar la ocurrencia del accidente, luego, en segundo lugar las consecuencias en la persona, las lesiones, secuelas, incapacidad.
Además de eso, establecer la relación de causalidad entre quien conducía el auto y el ofendido. Se debe mirar entonces de quien es la culpa determinante (conductor o herido) y si no es posible determinarla se debe absolver con base en el principio in dubio pro reo.

Ej. 3:
En un delito de acceso carnal violento, se debe determinar primero el hecho de ese acceso carnal, es decir, que alguien (el sujeto a quien se imputa el delito) fue el que cometió el acceso carnal por medios violentos, se debe analizar l hecho de la violencia.

2. MEDIO DE PRUEBA: Es el acto de la persona física
Lo ha entendido la "doctrina tradicional" como el acto de la persona física por medio del cual se aporta al proceso el conocimiento del objeto. Es un comportamiento humano.

Ej. 1:
El testimonio es un medio de prueba, por medio de éste se lleva al juez el conocimiento del hecho constitutivo de prueba, el testigo tiene , adquiere y transmite el conocimiento. Ese hecho es una percepción psicológica. La declaración es el soporte objetivo de ese medio de probatorio.
Ej. 2: El dictamen pericial.
Ej. 3: La inspección judicial.
Ej. 4: Documentos.
Ha sido discutible si el indicio (que es complejo) corresponde a razonamientos que parten de una base. Es un acto de la persona física



EL TESTIGO:

Es el órgano de prueba en la prueba testimonial, es decir, la persona física que declara algo que es de importancia para el objeto de la prueba. En otros términos, el testigo es la persona física que suministra el conocimiento del objeto de prueba.
La persona es llamada a declarar porque es testigo, no lo es por el simple hecho de ser llamada a declarar.
No toda persona que es llamada a declarar es testigo: porque puede ser llamada a declarar sobre unos hechos y resulta ser que no es conocedor de esos hechos. Pero la persona es llamada a declarar porque es testigo, es decir, porque ha percibido hechos que interesan al proceso de carácter judicial o administrativo.



ELEMENTOS MATERIALES PROBATORIOS Y EVIDENCIA FISICA


LUGAR DE LOS HECHOS ESCENA

Es el lugar real o supuesto de la comisión del acto sometido a indagación, y donde suelen quedar los vestigios materiales más importantes de su comisión
1.       Art. 39 “lugar en donde se cometió el hecho”
2.       Art. 43: “Lugar en donde ocurrió el delito”
3.       Art. 143: “lugar de los hechos”
4.       Art. 205, 213: “Inspección en el lugar del hecho”
5.       Art. 146 # 1: “conservación de la escena de hechos delictivos”
6.       Art. 249 parágrafo “inspección de la escena del hecho”

ESCENA

Se denomina escena, el espacio abierto o cerrado, mueble o inmueble donde se realizó, en alguna de sus fases, una conducta que se presume violatoria de normas penales, disciplinarias o administrativas o en donde se encuentren elementos, rastros, huellas o signos que guarden relación con ella y que permitan demostrar su ocurrencia, individualizar a los partícipes y/o establecer la responsabilidad sobre estas.

Objetivo: demostrar a través de su estudio la ocurrencia de una conducta; así como individualizar a los partícipes en ella y/o establecer su responsabilidad, mediante el hallazgo  y posterior análisis de elementos, rastros o signos que conduzcan al conocimiento exacto de la conducta investigada.

ESCENA PRIMARIA

Espacio físico en donde se encuentra el elemento material de prueba con mayor capacidad demostrativa.

ESCENA SECUNDARIA

Lugar donde se traslada el cadáver, Lugar donde se produce el ataque, Lugar donde falleció la víctima, Donde se descubre cualquier indicio, Puntos forzados para entrar, Ruta de huida, Lugares donde haya estado el sospechoso, El sospechoso su ropa y cuerpo

ELEMENTOS MATERIALES PROBATORIOS

Elemento: Fundamento o parte esencial de alguna cosa.
Material: Lo concerniente a la materia. Lo opuesto a lo espiritual. Lo visible, palpable o perceptible por los sentidos.

ELEMENTOS MATERIALES DE PRUEBA

Todo objeto, huella o rastro de origen físico, químico, biológico o electrónico apreciable a los sentidos, que permite llegar a la certeza sobre la verdad de una conducta, o de sus partícipes o de la responsabilidad de cada uno de ellos en la realización de dicha conducta.

¿QUE ES UNA EVIDENCIA?

Es un conocimiento indudable; certeza absoluta acerca de una cosa abstracta o concreta. Prueba plena como resultado de una argumentación.

RASTROS, HUELLAS:  Son elementos que por su naturaleza y disposición en la escena no son de fácil percepción (presión, sudor, saliva, semen, etc.), Su presencia puede ser orientadora  del curso de la investigación.



CLASIFICACIÓN DE LAS ELEMENTOS DE PRUEBAS

POR SU NATURALEZA: Orgánicas, Inorgánicas y electrónicas
POR SU TAMAÑO: Macroscópicas, Microscópicas y No mesurables.

CLASIFICACIÓN DE LA ELEMENTOS DE PRUEBA SEGÚN SU USO

1.       Elementos de Prueba útil para relacionar personas entre sí.
2.       Elementos de Prueba útil para relacionar personas con lugares
3.       Elementos de Prueba útil para relacionar personas con cosas
4.       Elementos de Prueba útil para relacionar cosas con cosas.
5.       Elementos de Prueba útil para relacionar objetos con lugares

ESCENA DEL DELITO

  • Detectar
  • Identificar
  • Proteger
  • Preservar
  • Registrar
  • Relacionar para aclarar
  • Recolectar


Objetivos de la Búsqueda

Registrar organizada y minuciosamente para hallar los elementos materiales de prueba.
Establecer un orden en la ubicación de los elementos materiales de prueba hallados.
Garantizar un manejo técnico de la escena.

Métodos de Búsqueda

Búsqueda Libre

Es el método menos aconsejado, se realiza de acuerdo a como se va presentando la escena, generalmente de afuera hacia adentro. 






Búsqueda Lineal 

Efectivo en espacios abiertos, se señalan franjas hasta de 1,20 mts. Y se camina frontalmente hasta encontrar un obstáculo, luego se sigue hacia la derecha siguiendo otra franja. 


Búsqueda Por Franjas

Útil en grandes espacios abiertos se realiza entre dos o más investigadores haciendo recorridos trasversales tomando franjas hasta cubrir todo el lugar.

Búsqueda por Cuadriculas

En grandes extensiones, se trazan líneas imaginarias separadas entre sí de 8 a 11 mts., delegando por cuadros a varios investigadores, que lo examinan por franjas.

Búsqueda Radial

Útil para recolectar grandes cantidades de elementos materiales de prueba, se toman sectores de manera radial y se efectúa la búsqueda en cada una de ellas. Útil en siniestros

PROTECCIÓN DE LA ESCENA DEL CRIMEN



El lugar de la inspección y cada elemento material probatorio y evidencia física descubiertos, antes de ser recogido, se fijarán mediante fotografía, video o cualquier otro medio técnico y se levantará el respectivo plano.

FIJACIÓN DESCRIPTIVA

Registra toda la información recaudada de la escena, los elementos que la componen, sus relaciones, ubicación, los rastros, las huellas en contexto en forma objetiva.
Sigue un enfoque sistemático.
Referencia de lo general a lo específico.

FIJACIÓN FOTOGRÁFICA

Forma la memoria artificial. Requiere de un plan de registros y el uso del testigo métrico.
Se hacen tomas progresivas de conjunto, semiconjunto, detalle y filiación.

FIJACIÓN POR VIDEO

Es el medio más fiel para fijar la escena, requiere tomas de lo general a lo particular, hasta alcanzar el detalle.
Se aconseja hacer tomas exteriores a la escena a curiosos y vehículos presentes.

FIJACIÓN POR PLANOS Y DIBUJOS

Establezca un registro permanente de objetos, huellas, sus condiciones y relaciones de distancia y tamaño.
Debe asignar la nomenclatura única de los elementos materia de prueba en coordinación con el recolector.
Debe consignar las rutas de acceso y salida en la escena.
Lleve al plano las versiones de testigos, sospechosos y víctimas para cotejarlas con la escena.
Incluya la información que corresponda a “Cadena de Custodia”

FIJACIÓN POR MOLDES Y RASGOS DE SANGRE

Aplica a todo tipo de huellas permitiendo conservar su forma original y los estudios y cotejos posteriores.


                         VIDEO: Descripción de la escena del crimen por Homicidio